A- de 2014
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Jose Manuel Camargo Monterrosa Vs Ministerio De Defensa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Normas que determinan la competencia
- Competencia de la Corte Constitucional
- Conocimiento directo de conflicto de competencia para garantizar derechos fundamentales a pesar de existir superior común
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Competencia imposición de sanción
- Competencia de Tribunal Administrativo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Primera de Decisión Oral del Tribunal Administrativo de Sucre y la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en torno al trámite del incidente de desacato iniciado por el accionante, por el incumplimiento de la autoridad demandada.
Luego del análisis del caso, la Corte decide enviar el expediente a la Sala Primera de Decisión Oral del Tribunal Administrativo de Sucre, para que asuma de manera inmediata y sin más dilaciones, el incidente de desacato promovido por el actor.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR sin efecto el auto proferido el dos (2) de septiembre de 2014 por el Tribunal Administrativo de Sucre, mediante el cual se declaró incompetente para conocer sobre el incidente de desacato promovido por el ciudadano José Manuel Camargo contra el Ministerio de Defensa y la Dirección Nacional de Sanidad del Ejército.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente a la Sala Primera de Decisión Oral del Tribunal Administrativo de Sucre, para que asuma de manera inmediata y sin más dilaciones el conocimiento del incidente de desacato promovido por José Manuel Camargo.
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaría General de esta Corporación, se comuniquen las decisiones adoptadas en esta providencia al accionante y a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia la decisión adoptada en esta providencia.
- Comuníquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.